lunes, 11 de mayo de 2015

BUROCRACIA, MÁS BUROCRACIA Y TODAVÍA MÁS BUROCRACIA...




En una de sus obras más conocidas, la que lleva por título Campo Cerrado y que forma parte de la serie El Laberinto Mágico, Max Aub dice por boca de uno de sus personajes que las revoluciones las deciden los jefes, las hacen los pueblos, las ejecutan los militares y las consolidan las burocracias. Y son estas últimas, las burocracias, en efecto, las que al final muestran la mano más firme de todos estos actores revolucionarios, una mano simbolizada por la mesa o ventanilla que separa a los funcionarios de los administrados, y que en numerosas ocasiones somete a éstos a la voluntad discrecional de aquéllos. Ejemplos de este sometimiento, reforzado, si cabe, por una avalancha legislativa que no cesa y que da pie a interpretaciones y/o aplicaciones normativas muchas veces arbitrarias, lo sufren a diario empresarios, profesionales y particulares, sin que nadie quiera, pueda o sepa detenerlo o, por lo menos, limitarlo o reencauzarlo, con la consiguiente regresión de derechos y libertades.


Una afirmación como ésta puede parecer exagerada y precisar de algunas matizaciones, pero tampoco tantas si tenemos en cuenta el Informe España 2018, elaborado por el Consejo Empresarial para la Competitividad y presentado recientemente por este Consejo a los medios de comunicación, y en el cual se insiste una y otra vez en la urgente necesidad de reducir las cargas administrativas con objeto de mejorar la eficiencia y la competitividad. Pero el problema, a mi juicio, no radica sólo en las cargas administrativas, que las hay y son cada día más numerosas, sino también en la forma cómo los funcionarios se enfrentan a ellas y se las trasladan a los administrados, como sucede, entre otras muestras extraídas de la experiencia diaria, en la obtención del Número de Identidad de Extranjero (NIE), necesario para poder participar en la constitución de una sociedad a título de socio o administrador, y para poder operar luego con ella. Si uno aporta un poder otorgado en el extranjero, puede encontrarse con que unos Departamentos lo acepten -Hacienda- y otros no -Interior-, sin que acierte a comprender los criterios utilizados por uno u otro para ello.


Otra muestra puede ser la legalización de documentos públicos extranjeros o con destino al extranjero, sobre todo en los casos en los que no se dé la legalización única, consistente en colocar sobre el documento la llamada Apostilla de La Haya, por no ser el país en cuestión parte en el XII Convenio de La Haya, de 5 de octubre de 1961, por el que se suprimió la exigencia de legalización de documentos públicos extranjeros. Entonces uno tiene que enfrentarse a una cadena de autenticaciones individuales en la que participan distintos Departamentos -Justicia y Exteriores- y Consulados -el Consulado, o la Sección Consular, del país de que se trate- y en la que la exigencia de los documentos a presentar no siempre es la misma, pues puede variar de un Departamento a otro, e incluso dentro de un mismo Departamento, dependiendo del funcionario que le toque en suerte: si actúa en representación de una sociedad extranjera, Justicia puede no requerirle el poder, pero Exteriores sí; y, dentro de éste, un funcionario puede no hacerlo, pero otro sí, sufriendo con ello la productividad y la competitividad. ¿Y la seguridad jurídica?...



Antonio Viñal

Antonio Viñal & Co. Abogados



(Artículo publicado en el Suplemento Euro del Diario Atlántico, domingo 10 de Mayo de 2015)

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