martes, 29 de julio de 2014

LA LEY DE NAVEGACIÓN MARÍTIMA (I)





Hace unos años, en un libro titulado "La reforma de la legislación marítima", Aurelio Menéndez puso de relieve la necesidad de una profunda revisión de nuestro Derecho marítimo y, en concreto, del Libro III del Código de Comercio, al que no dudó en calificar de " un cuerpo sin vida, una momia que nos persigue sin respuesta"; y lo mismo hizo Fernando Sánchez Calero, no sólo compartiendo las críticas de Aurelio Menéndez hacia dicho Libro III, al recordar, con José María Muñoz Planas, que el mismo era "malo e incompleto", sino también haciéndose eco de lo que a su juicio "era una falta de voluntad por llevar adelante una política legislativa en el campo del Derecho marítimo". Ahora, tras diversos anteproyectos, como los de la "Ley de contratos de utilización del buque" y de la "Ley de contrato de seguro marítimo", ha visto la luz el "la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima", publicado  en el Boletín Oficial del Estado número 180, de 25 de julio.  

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